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martes, noviembre 18, 2025

Pensionados y justicia social: una mirada constitucional a una deuda acumulada

Por Rafael Díaz Filpo
La situación de los pensionados dominicanos constituye uno de los desafíos más serios para la justicia social y el cumplimiento de los mandatos constitucionales. Con el paso del tiempo, el ingreso que reciben pierde capacidad real frente al aumento constante de la canasta básica, los medicamentos, los servicios y todos los elementos indispensables para una vida digna. El país mantiene un sistema de pensiones donde miles de personas sobreviven con montos insuficientes, muy por debajo de lo que exige el artículo 62 de la Constitución, que reclama protección efectiva al trabajador incluso después de concluir su ciclo laboral activo.

La realidad cotidiana de los pensionados refleja la fragilidad del sistema. Muchos enfrentan gastos médicos permanentes, enfermedades crónicas, alquileres en aumento y obligaciones familiares que no desaparecen con la edad. El monto de las pensiones, en la mayoría de los casos, no se ajusta al costo de la vida ni responde a criterios técnicos de actualización periódica. La inflación, aunque sea moderada, golpea con más fuerza a quienes dependen de ingresos fijos.

La Constitución concibe la pensión como una obligación del Estado de garantizar condiciones que protejan la dignidad humana. El artículo 7, que define la finalidad del Estado, incluye la promoción del bienestar general y la protección de los sectores vulnerables. Los pensionados encarnan esa vulnerabilidad, fruto de una vida de trabajo y aporte al desarrollo nacional. La ausencia de un sistema de indexación real los expone a una regresión constante en sus derechos, en contravención con el principio de progresividad consagrado en el artículo 8.

La falta de ajustes automáticos y revisiones periódicas amplifica las desigualdades. Existen pensionados con montos que no alcanzan para cubrir una parte mínima de sus necesidades básicas. Muchos viven dependiendo de familiares, buscando medicamentos genéricos o renunciando a tratamientos por su alto costo. Esta situación erosiona el sentido de protección social que debe caracterizar a un Estado democrático. Un país que avanza no puede dejar atrás a quienes ya cumplieron con su ciclo de aportes y sacrificios.

Es urgente repensar la estructura jurídica que rige el sistema de pensiones. La indexación no es un privilegio ni un gesto solidario; es un mecanismo que permite que el monto de la pensión mantenga coherencia con la realidad económica. Su ausencia constituye una forma indirecta de empobrecimiento. El Estado debe asumir la responsabilidad de crear un marco legal que establezca parámetros claros de actualización, con criterios técnicos y un enfoque de derechos fundamentales.

La situación de los pensionados revela una contradicción entre los principios constitucionales y la práctica administrativa. El envejecimiento de la población, la precariedad del ingreso y el aumento del costo de la vida confluyen en un escenario que exige acción inmediata. Garantizar pensiones dignas es también una condición para preservar la cohesión social y la legitimidad del orden constitucional.

Los pensionados merecen reconocimiento, protección y respeto. También merecen un Estado que haga honor a su trayectoria y que traduzca en hechos el mandato de dignidad que la Constitución proclama. La revisión del sistema de pensiones debe colocarse en el centro de la agenda pública. El país tiene una deuda histórica con su población envejecida, y saldarla es un acto de justicia constitucional impostergable.

El autor Juez Emérito primer sustituto del presidente del Tribunal Constitucional de la República Dominicana

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