Santiago, R.D. – El concejal del ayuntamiento de Santiago, Rafael Cruz (Papito) en relación del Día Mundial del Medio Ambiente, expuso los aportes que hizo el Dr. Joaquín Balaguer en estos términos, los cuales vamos a exponer a continuación:
El Doctor Joaquín Balaguer fue el preservador del medio ambiente por antonomasia, durante sus mandatos se adoptaron medidas en la dirección del desarrollo sostenible mediante la elaboración de programas, planes y estrategias nacionales para la protección efectiva del ecosistema dominicano, a continuación algunas de las iniciativas más trascendentales:
1. En fecha 8 de marzo de 1967, el Congreso Nacional bajo la dirección del Partido
Reformista, emite la resolución 104, cuyo dispositivo declara “de alto interés patriótico una activa y permanente campaña de reforestación en todo el territorio de la Republica.”
2. El 12 de mayo de 1687, del Dr. Joaquín Balaguer emite el decreto No.1289, el cual se declara la Isla Saona como Reserva Forestal, con fines de proteger las bellezas naturales de dicha Isla.
3. En 1967 el Presidente Balaguer prohibió de manera absoluta el corte de árboles para madera y suprimieron los aserraderos.
4. Balaguer promulgó la ley 211, del 8 de noviembre de 1967, dispuso que para suplir las necesidades que requerían las construcciones de viviendas, era conveniente autorizar la importación de maderas extranjeras, tratada, secada y con el manifiesto de importación y el certificado de procesamiento de la industria donde se realizaba.
5. El 9 de junio de 1969, emite el decreto No.3777, con el cual prohibió de manera absoluta la concesión de ningún permiso para corte de madera, como medida encaminada a la protección de las presas de Tavera y Valdesia, en construcción para ese entonces.
6. El 24 de junio de 1967, se emite el decreto 1509, mediante el cual se concedía un plazo de un año, a todas aquellas industrias establecidas en el país que usaban la leña como medio productor de energía, a fin de que no tuvieran necesidad de usar ese combustible.
7. Mediante Ley 206, de 1 de noviembre de 1967, asumió el interés nacional repoblando y defendiendo todas las áreas forestales del país, para tal efecto las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, dentro de su programa de acción cívica quedaban investidas de la misión de velar por la vegetación forestal y asegurar el cumplimiento de las disposiciones legales.
8. El 27 de mayo de 1969 por decreto No.3676, se integró el Comité de Coordinación del Proyecto de Inventario y Fomento de los Recursos Forestales.
9. El 12 de junio de 1973, mediante decreto No.3545, el Dr. Balaguer acogió la propuesta de la Confederación Europea de la Agricultura, para declarar el día 21 de marzo de cada año como Día Mundial de la Foresta.
10. Mediante ley 632, de fecha 28 de mayo de 1977, se dispuso la prohibición del corte o tala de árboles en las cabeceras de los ríos y arroyos que nutren las cuencas hidrográficas de todo el país.
11. La ley No.627, del 28 de mayo de 1977, declaró de interés nacional el uso y protección y adquisición por parte del Estado de todas o partes de las tierras comprendidas en las áreas cordilleranas, como medida encaminada a la protección de los recursos naturales de la Republica, en las áreas montañosas.
12. El 9 de febrero de 1977, emitió el decreto No.2729, mediante el cual dispuso que la dependencia de turismo elaborara un plan de desarrollo turístico en los municipios de Constanza y Jarabacoa, de manera que los complejos a construirse, no afectaran los recursos naturales de esa región.
13. El 11 de junio de 1987, el Presidente de la República, expidió el decreto No.303-87, con el cual declara de alto interés nacional la protección y rehabilitación de los manglares existentes en el litoral y en las islas adyacentes de todo el territorio dominicano.
14. Con el Operativo Selva Negra se redujo los incendios forestales de 2,271 registrados en el periodo 1962 a 1965, un promedio de 568 incendios forestales por años a 20 incendios forestales por año.
15. Joaquín Balaguer asumió medidas para protección de las especies amenazadas, como la prohibición de las conchas de carey en su estado bruto o natural mediante ley No.95, y el 31 de mayo de 1967, establece un periodo de veda para evitar la pesca, apresamiento, posesión y comercialización de la langosta hembra dentro del periodo marzo-agosto de cada año.
16. El 24 de febrero de 1967, el decreto No.1006 el Presidente Balaguer, prohibía la caza de palomas y otras aves migratorias en el litoral de las provincias La Altagracia, La Romana y el Seibo, incluyendo Isla Saona.
17. El 14 de abril de 1972, mediante decreto No.2163, prohibió por el término de un año la captura de camarones en el rio Ozama y sus afluentes, con el propósito de obtener especies que permitieran repoblar con camarones algunas corrientes fluviales del país.
18. Con la emisión de los decretos No.221-95, 309-95 y 233-96 se procuró por primera vez una evaluación global de la naturaleza dominicana para escoger las áreas representativas y de mayor valor que tiene la Republica Dominicana; se procura identificar las áreas de mayor producción de agua; se persigue conservar la biodiversidad en peligro de extinción; la protección de las áreas cordilleranas con elevaciones superiores a los dos kilómetros verticales; se acogen las recomendaciones de la OEA para proteger las áreas del Lago Enriquillo y Cabo Cabrón.
El legado de JOAQUIN BALAGUER para la protección del medio ambiente en la Republica Dominicana, lo convierten en un auténtico padre de la Ecología Nacional.