La defensora del Pueblo, Zoila Martínez, informó este jueves que las empresas distribuidoras de electricidad deberán compensar a los usuarios por apagones o fallas eléctricas en el servicio contratado, a partir del 2 de enero de 2021, conforme a la ley.
El Defensor del Pueblo le envió una correspondencia a Rafael Velazco, superintendente de Electricidad, en la cual le externó inconformidad por el no cumplimiento del artículo 93 de la Ley 186-07.
A través de una nota de prensa, la institución citó que dicho artículo, en su párrafo II, establece: «Las empresas distribuidoras estarán obligadas a compensar a los usuarios regulados por la energía eléctrica no servida, conforme a las normas técnicas de calidad de servicio, que para tales fines establezca la Superintendencia de Electricidad mediante resolución…”.
Martínez dijo que hace la advertencia a la población y le recuerda a la Superintendente de Electricidad, cumplir las normativas, para ofrecer respuestas a los ciudadanos que visitan el Defensor del Pueblo presentando quejas por apagones.